El Código Penal de Guatemala solo permite el aborto si lo realiza un médico, con el diagnóstico previo de dos colegas que hayan determinado que la continuidad del embarazo implica un riesgo para la vida de la mujer, después de haber agotado todos los medios científicos y técnicos. Los marcos legislativos que penalizan el aborto han sido calificados por diversos organismos internacionales como políticas que discriminan a las mujeres y violan sus derechos humanos. Por esta razón, organismos internacionales han recomendado en diversas ocasiones al Estado tomar las medidas necesarias para legalizar el aborto en ciertas circunstancias.