El aborto en el Sistema Internacional de los Derechos Humanos

México atraviesa una grave situación en Derechos Humanos y en particular con los derechos sexuales y reproductivos de la mujer, donde solo algunas entidades han realizado modificaciones en su código penal para cambiar la situación, pero que no son aplicados de manera federal.

El aborto inducido está despenalizado en todo el país en casos de violencia sexual, fundada en la Norma Oficial Mexicana NOM-46-SSA2-2005, y 30 de las 32 entidades

  • salvo los códigos de Guanajuato y Querétaro-, que permiten la interrupción del embarazo cuando hay riesgo para la vida de la mujer; 13 estados incluyen deformidades fetales graves y Yucatán, desde 1922, incluye factores económicos cuando la mujer ya ha dado a luz tres, o más veces.

En la Ciudad de México y Oaxaca, el aborto está despenalizado hasta las 12 semanas, desde 2007 y 2019 respectivamente.

En el contexto global, México tiene participación con los Órganos del Sistema de las Naciones Unidas, donde la protección de los derechos sexuales y reproductivos de la mujer se busca a través de los siete Tratados Internacionales que lo obligan moral y jurídicamente a garantizar el pleno ejercicio y entre ellos el acceso al aborto seguro.

Entre los pactos más destacados se encuentran:

  • El Programa de Acción del Cairo,
  • La Declaración Universal de Derechos Humanos;
  • La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Mujeres (CEDAW);
  • La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las mujeres (Belém do Pará);
  • La Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, El Cairo (1994), y
  • La Declaración y Plataforma de Acción de Beijing.

El compromiso de México dentro de estas organizaciones es evaluado por el EPU (Examen Periódico Universal) un mecanismo del Consejo de Derechos Humanos que revisa a cada país integrante de las Naciones Unidas, las acciones para mejorar su situación de Derechos Humanos y que cumplan con las obligaciones y erradicación de las barreras que se presenten.

A México se le han hecho diversas recomendaciones en materia de servicios de salud sexual y reproductiva, que de ser implementadas ayudarían a prevenir embarazos no deseados y su interrupción en procedimientos clandestinos e inseguros; esta última es una de las primeras causas de mortalidad materna en el país.

A nivel mundial, la Organización Mundial de la Salud (OMS) reporta todos los días, que mueren en promedio 800 mujeres por causas relacionadas con el embarazo y el parto. Las causas directas de la mortalidad materna incluyen la eclampsia, preeclampsia, hemorragias, infecciones y abortos inseguros.

En un esfuerzo por erradicar el aborto inseguro en el mundo, la OMS presentó en marzo la Base de Datos de Políticas de Aborto Global, que busca que los tomadores de decisión puedan diseñar y ejecutar leyes y políticas públicas que se ajusten a las “Guías de Aborto Seguro”. La plataforma está disponible en: http://abortion-policies.srhr.org. México destaca como el primer país que desglosa a detalle la información de cada una de sus 32 entidades.

Ipas CAM redactó el documento “El aborto en el Sistema Internacional de Derechos Humanos. México, 2019” para facilitarle a las y los prestadores de servicios de salud y tomadores de decisión involucrados en la implementación de servicios de salud reproductiva, el acceso a los criterios emitidos por los órganos de Naciones Unidas y del Sistema Interamericano de Derechos Humanos en materia de aborto.


Nota: En el estado de Hidalgo y Veracruz fue despenalizado el aborto por libre elección de la mujer hasta las 12 semanas de gestación. Ambos estados publicaron el Decreto en el Periódico Oficial Estatal correspondiente, el 6 de julio de 2021 y  el 20 de julio de 2021, respectivamente.