Con dos nuevas causales, Colima se convierte en la sexta entidad en despenalizar el aborto

  • La entidad se coloca como uno de los estados de avanzada en la materia, pues contempla dos nuevas causales por las que el aborto es legal.
  • El gobierno estatal deberá garantizar la prestación de servicios de calidad, seguros, confidenciales y sin discriminación para las mujeres y personas con capacidad de gestar que deseen acceder a la interrupción del embarazo.

Ciudad de México, 1 de diciembre de 2021. Con 14 votos a favor, 5 en contra y 4 abstenciones, el Congreso de Colima despenalizó el aborto voluntario en la entidad durante las primeras 12 semanas de gestación y eliminó el plazo de 3 meses para interrumpir embarazos que sean resultado de una violación o de inseminación artificial no consentida.

Con esto, se convierte en la sexta entidad federativa en legislar sobre la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), después de la Ciudad de México (2007), Oaxaca (2019), Veracruz (2021), Hidalgo (2021) y, más recientemente, Baja California (2021).

La iniciativa, presentada por las comisiones de Estudios Legislativos, Puntos Constitucionales, Salud y Deporte y de Bienestar, Inclusión Social y Equidad de Género, también elimina las sanciones al personal de salud que practique abortos consentidos en dicho periodo y refrenda la no criminalización a mujeres o personas gestantes que corran peligro de muerte o afectación grave a la salud o bien, por alteraciones graves del producto.

Además, esta aprobación se distingue por agregar dos circunstancias, novedosas en el país, en las que se establece la legalidad del aborto: 1. Cuando una autoridad hubiese negado el aborto a una mujer previo a las 12 semanas de gestación y 2. cuando el personal de salud hubiese omitido informarle sobre su derecho a la interrupción del embarazo en ese plazo.

En tanto, el delito de aborto forzado será penado con mayor dureza: tras la reforma las sanciones podrán ir de 3 a 15 años de prisión y multa, mientras que en el Código Penal anterior iban de 5 a 10 años y multa.

El dictamen también modifica distintas fracciones de la Ley de Salud del Estado de Colima para integrar un capítulo referente a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE); contemplar la atención a la salud sexual, reproductiva y de planificación como prioritaria y garantizar la interrupción del embarazo ante la objeción de conciencia de personal médico.

“Reconocemos el trabajo de las y los legisladores que, sin duda, han sido motivados por la lucha feminista en la entidad. Hoy Colima ha puesto un ejemplo al resto de los estados al tomar en consideración las resoluciones recientes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y, además, establecer nuevas circunstancias para evitar la criminalización de mujeres que ejercen su derecho a abortar: cuando no han sido informadas sobre su derecho al aborto o cuando éste le ha sido negado en las primeras 12 semanas de gestación”, comentó María Antonieta Alcalde Castro, directora de Ipas Centroamérica y México (Ipas CAM).

 

“Estas nuevas consideraciones obligan al Estado a informar a las mujeres, niñas y personas gestantes sobre su derecho al aborto durante los primeros tres meses de embarazo, para que puedan tomar decisiones sobre su salud reproductiva de forma libre, es decir: fortalecen su capacidad de decidir”, destacó.

Desde nuestra oficina regional, llamamos al Gobierno de Colima a realizar las acciones necesarias para habilitar y garantizar el acceso al aborto de acuerdo con los protocolos y condiciones indicadas por organismos internacionales, garantizando la agencia de cada mujer y persona gestante, la existencia de los medicamentos e insumos necesarios para la prestación del servicio y de personal de salud capacitado, que ofrezca atención libre de estigma y en respeto a los derechos humanos.

Ipas CAM continuará impulsando una agenda para que, como Colima, el resto de México avance en el reconocimiento de los derechos de las mujeres, adolescentes y niñas.